top of page

Asociación Puertorriqueña de Profesores Universitarios (APPU)

¿Quiénes somos?

​

Fundada en el 1961, la Asociación Puertorriqueña de Profesores Universitarios (APPU) es el sindicato del personal docente de los 11 recintos de la Universidad de Puerto Rico (UPR). Desde octubre de 2023 se convirtió en el representante exclusivo de toda la docencia de la UPR bajo la Ley 130.

 

Somos un sindcato docente con un programa de servicios para académicos. Tiene carácter no-partidista, no sectario y es contraria a todo discrimen que viole la dignidad del ser humano por razón de nacionalidad, raza, color, credo, discapacidad, ideología, posición social, edad, sexo, orientación sexual o identidad de género.

 

El propósito esencial de la APPU es proteger los derechos y promover los intereses profesionales de todos sus miembros.

​

 

Objetivos

​

​Los objetivos específicos de la APPU son:

  1. Luchar por el derecho a la negociación colectiva de los docentes universitarios de Puerto Rico y convertirse en su representante sindical.

  2. Procurar el mejoramiento de las condiciones de trabajo y de jubilación de los miembros; defender sus intereses profesionales, culturales y económicos.

  3. Defender el principio de libertad de cátedra, de investigación y otros derechos inherentes al personal docente universitario.

  4. Propugnar la autonomía universitaria.

  5. Promover la solidaridad sindical.

  6. Promover y cooperar en la identificación, definición y realización de los propósitos educativos, culturales y sociales de la educación en Puerto Rico.

​

La Asociación cuenta con los siguientes organismos:

​

A. Asamblea General

​

Constituye la instancia de mayor jerarquía de la Asociación. Está integrada por todos los miembros activos y honorarios de la Asociación que estén presentes.

​

B. Junta Nacional

​

La Junta Nacional ejercerá la dirección de la Asociación. Estará integrada por un(a) presidente(a), un(a) vicepresidente(a), un(a) tesorero(a), un(a) secretario(a), un(a) coordinador(a) de organización, cuatro vocales, un(a) docente sin plaza del Comité de Docentes Sin Plaza, más el(la) Presidente(a) de cada capítulo o su alterno. A los miembros de la Junta Nacional se les llama oficiales.

​

C. Comité Ejecutivo

​

Estará integrado por el (la) Presidente(a), el (la) Vicepresidente(a), el(la) Secretario(a) de Actas, el(la) Tesorero(a), el(la) Coordinador(a) de Organización, un (1) docente sin plaza del Comité de Docentes Sin Plaza, y un (1) representante electo entre los(as) Presidentes(as) de los Capítulos entre sí, en la primera reunión de la Junta Nacional electa.

​​

D. Capítulos

​

En cada unidad del sistema donde los miembros de la APPU constituyen 10% o más del número total de los docentes adscritos a la misma se podrá constituir un capítulo de la APPU.

​

La responsabilidad principal de los capítulos es promover los objetivos de la Asociación e implantar el Plan de trabajo general aprobado por la Asamblea general. Desarrollará e implantará un plan de anual aprobado por la Asamblea anual del Capítulo que responda al Plan General y a las necesidades y particularidades de su capítulo.

 

Actualmente, la APPU cuenta con miembros activos en todas las unidades del Sistema de la Universidad de Puerto Rico y con  Capítulos APPU en: Aguadilla, Arecibo, Bayamón, Carolina, Cayey, Ciencias Médicas, Humacao, Ponce, Río Piedras y Utuado.​​​​​​​​​​​​​​​

​

Documentos

Reglamento Vigente APPU

Solicitud de Ingreso APPU

Autorización de pagos

Programa de servicios

bottom of page